DERECHOS DEL CONSUMIDOR Y LOS VIAJES COMBINADOS O VIAJES TURISTICOS(3).

¿Puede resolver el contrato de viaje combinado el viajero?.

Sí.En cualquier momento anterior al inicio del viaje combinado el viajero podrá resolver el contrato , en cuyo caso el organizador o el minorista podrán exigirle el pago de una penalización.

¿En que consiste esa penalización?.

Es una clausula que  se establece en el contrato en la que se especifica una penalización tipo que sea razonable basada en la antelación de la resolución del contrato con respecto al inicio del viaje combinado y en el ahorro de costes y los ingresos esperados por la utilización alternativa de los servicios de viaje.

¿Qué sucede si no está incluida la penalización?.

En ese caso, el importe de la penalización por la resolución del contrato equivaldría al precio del viaje combinado menos el ahorro de costes y los ingresos derivados de la utilización alternativa de los servicios de viaje.

¿Qué pasa si concurren circunstancias inevitables y extraordinarias en el lugar de destino?.

En caso de que concurran circunstancias inevitables y extraordinarias en el lugar de destino o en las inmediaciones que afecten de forma significativa a la ejecución del viaje combinado o al transporte de pasajeros al lugar de destino, el viajero tendrá derecho a resolver el contrato antes del inicio del mismo sin pagar ninguna penalización.En este caso el viajero tendrá derecho al reembolso completo de cualquier pago realizado, pero no a una compensación adicional.