EL SECTOR DE LA HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN Y EL RASTREO DE CASOS POSITIVOS DE COVID 19.

El Gobierno de Canarias acaba de publicar el 30 de abril de 2021 en la Tabla Resumen para la aplicación de las medidas de prevención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid 19 en Canarias entre otras, la medida preventiva en función del nivel de alerta de cada isla:

Apartado SECTOR O ACTIVIDAD 3.2 Hosteleria y restauración ,en todos los niveles de Alerta 1,2,3 y 4:

-“Para facilitar el rastreo ante casos positivos de COVID 19, se llevará un registro de los clientes en los servicios de comida y cena en zonas interiores de restaurantes(nombre y apellidos,DNI,teléfono y fecha y hora del servicio).El tratamiento de esta  información se realizará de acuerdo con lo dispuesto en la normativa de protección de datos de carácter personal”.

El titular del derecho fundamental a la protección de datos conforme al articulo 18.4 de la CE es la persona física.El articulo 18.4 dispone que la ley limitara el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.

La Carta de Derechos Fundamentales de la Union Europea en su articulo 8 dice: Protección de datos de caracter personal 1. Toda persona tiene derecho a la protección de los datos de caracter personal que la conciernan. 2. Estos datos se trataran de modo leal, para fines concretos y sobre la base del consentimiento de la persona afectada o en virtud de otro fundamento legítimo previsto por la ley. Toda persona tiene derecho a acceder a los datos recogidos que la conciernan y a su rectificación. 3. El respeto de estas normas quedará sujeto al control de una autoridad independiente.

En caso de que el cliente sea menor de 14 años debe existir el consentimiento de sus padres o tutores conforme al articulo 7 de la Ley Organica 3/2018 de 5 de diciembre :”Consentimiento de los menores de edad.1El tratamiento de los datos personales de un menor de edad únicamente podrá fundarse en su consentimiento cuando sea mayor de 14 años.Se exceptúan los supuestos en la ley exija la asistencia de los titulares de la patria potestad o tutela para la celebración del acto o negocio jurídico en cuyo contexto se recaba el consentimiento para el tratamiento.2.El tratamiento de los datos de los menores de catorce años,fundado en el consentimiento, solo será lícito si consta el del titular de la patria potestad o tutela, con el alcance que determinen los titulares de la patria potestad o tutela.

Los datos de carácter personal que se requieren entre otros son:nombre y apellidos,dni,teléfono,incluyendo también la fecha y hora del servicio.

Al establecerse que el tratamiento se realizara de acuerdo con lo dispuesto en la normativa de protección de datos , se esta obligando al sector de la hostelería a designar un responsable del fichero y del tratamiento de los datos .

¿Qué derechos tiene el cliente frente al responsable del fichero?.

Al haberse solicitado los datos del interesado, el responsable del fichero deberá informarle de forma expresa de la finalidad de la recogida de los datos,de la existencia del fichero ,y de la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso,rectificacion,oposición y cancelación.