En el actual mercado de Internet convergen los intereses de las empresas o particulares que ofrecen servicios como diseñadores o creadores de contenidos y las empresas y particulares que demandan dichos servicios(creación de paginas web diseño grafico, ,creación de textos,imágenes fijas o en movimiento,animaciones en 3d,obra audiovisual,etc).Se analiza en este articulo el contrato de creación de contenidos de los diseñadores de páginas web.
El contrato mercantil de creación de contenidos será un contrato de arrendamiento de obras o servicios en el que una de las partes se obliga a ejecutar una obra o prestar a la otra un servicio por un precio cierto.
El diseñador de paginas web.
En el contrato mercantil el prestador del servicio será el diseñador que utiliza sus propios medios para crear los elementos que integren la web site y que carece de relación laboral con la empresa o particular que lo contrata.
La empresa o el particular que encarga los contenidos.
Es la parte que encarga los contenidos y que a su vez puede ser una persona jurídica o empresa titular de una web site o una persona física titular de una web site.
Los contenidos de una web site.
El contenido de la web site no es el software ,ni el nombre de dominio,sino los elementos a incluir en la web y que pueden ser muy variados en cuanto a temática, estilo y necesidades, por lo que es conveniente que conste en un Anexo al contrato los contenidos a crear y los medios a utilizar por el diseñador, sobre todo en los casos en los que se cuente con un equipo amplio de proyecto de diseño.
Listado de las clausulas
Como el contrato de creación de contenido es un contrato atípico hay una serie de cláusulas básicas en relación con:
-los estándares de calidad de los contenidos solicitados.
-plazos de entrega y aceptación.
-causas de resolución del contrato.
-terminación del contrato.
-pago.
-costes de alojamiento de los contenidos en la web.
-Notificaciones.
-Modificaciones
-duración del contrato.
-garantías jurídicas.
-garantías técnicas.
-medidas de seguridad informática.
-responsabilidad de las partes.
-Legislacion aplicable y jurisdicción.