El contrato de edición de cómics y los derechos del autor. El contrato de “character  merchandising” .

El contrato de edición es aquel contrato de tipo mercantil por el cual el autor de una obra, en este caso de una obra plástica consistente en un cómic, prevista en el articulo 10 del Texto refundido de la Ley de propiedad intelectual(Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad intelectual):” e) Las esculturas y las obras de pintura, dibujo, grabado, litografía y las historietas gráficas, tebeos o comics, así como sus ensayos o bocetos y las demás obras plásticas, sean o no aplicadas”. cede a la empresa editora los siguientes derechos:

– el derecho a imprimir la obra y los derechos para comercializarla y distribuirla qué se prevén en  la Ley de Propiedad intelectual texto refundido 21 2014 de 4 de noviembre .

Estos derechos citados anteriormente se pueden ceder de forma exclusiva y para un ámbito territorial determinado.

El contrato de edición se  regula en el articulo 58 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual:

“Por el contrato de edición el autor o sus derechohabientes ceden al editor, mediante compensación económica, el derecho de reproducir su obra y el de distribuirla. El editor se obliga a realizar estas operaciones por su cuenta y riesgo en las condiciones pactadas y con sujeción a lo dispuesto en esta ley.

2. Esta cesión constituye fundamento jurídico suficiente para que el editor tenga derecho a una parte de la compensación equitativa prevista en el artículo 25.”.

Como elementos personales del contrato de edición tenemos:

a)AUTOR.

B)EDITOR.

Como elementos reales:

a)la obra , tal y como se recoge en el articulo 10 del texto refundido de la Ley de Propiedad intelectual.

b)El precio , previsto en el articulo 64 del Texto refundido de la LPI.

¿Qué formas de participación existen en en Texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual?

 Existen diversas formas de participación de los autores en una obra , y que pueden ser las previstas en los articulos 7 ,8 y 9 de Texto refundido de la LPI:

-Obra en colaboración:es aquella realizada por varios autores y se prevé en el articulo 7 del Texto refundido:

“Artículo 7. Obra en colaboración.

1. Los derechos sobre una obra que sea resultado unitario de la colaboración de varios autores corresponden a todos ellos.

2. Para divulgar y modificar la obra se requiere el consentimiento de todos los coautores. En defecto de acuerdo, el Juez resolverá.

Una vez divulgada la obra, ningún coautor puede rehusar injustificadamente su consentimiento para su explotación en la forma en que se divulgó.

3. A reserva de lo pactado entre los coautores de la obra en colaboración, éstos podrán explotar separadamente sus aportaciones, salvo que causen perjuicio a la explotación común.

4. Los derechos de propiedad intelectual sobre una obra en colaboración corresponden a todos los autores en la proporción que ellos determinen. En lo no previsto en esta Ley, se aplicarán a estas obras las reglas establecidas en el Código Civil para la comunidad de bienes.

-Obra colectiva:

“Artículo 8. Obra colectiva.

Se considera obra colectiva la creada por la iniciativa y bajo la coordinación de una persona natural o jurídica que la edita y divulga bajo su nombre y está constituida por la reunión de aportaciones de diferentes autores cuya contribución personal se funde en una creación única y autónoma, para la cual haya sido concebida sin que sea posible atribuir separadamente a cualquiera de ellos un derecho sobre el conjunto de la obra realizada.

Salvo pacto en contrario, los derechos sobre la obra colectiva corresponderán a la persona que la edite y divulgue bajo su nombre”.

-Obra compuesta:

“Artículo 9. Obra compuesta e independiente.

  1. Se considerará obra compuesta la obra nueva que incorpore una obra preexistente sin la colaboración del autor de esta última, sin perjuicio de los derechos que a éste correspondan y de su necesaria autorización.”.

-Obra independiente:

“2. La obra que constituya creación autónoma se considerará independiente, aunque se publique conjuntamente con otras. “

¿Cuáles son las clausulas que se deben de estipular en un contrato de edición?.

En el contrato de edición se deben estipular las cláusulas acerca de:

-Número máximo y mínimo de ejemplares de la obra.

-Tirada de ejemplares.

-Número de ediciones de cada libro.

-Idioma en el que se va a publicar la obra o en su caso idiomas a los que se va a traducir la obra(derecho de transformación de la obra conforme al articulo 21 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual).

-Plazo de entrega de la obra por parte del autor al editor.

-Contraprestación al autor la cual estará indicada en un porcentaje del precio de venta al público o en una cantidad alzada en virtud del articulo 46 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual .

-Fecha de la liquidación de los derechos del autor.

-Plazo de puesta en circulación de la edición de la obra a partir de la fecha del contrato de edición.

-Cláusula sobre la posibilidad o no de la modificación, adición o alteración de la obra por parte de la editorial.

-Cláusula sobre las modalidades de edición y en su caso  colección de la que formaran parte.

Actualmente existen dos tipos de edición, la impresa y la edición digital cuya elección se podrá reflejar en el contrato de edición.

-Cláusula sobre el tamaño del libro,formato,número de paginas,etc.

-Cláusulas sobre los costes de edición.

-Cláusulas acerca de la corrección de las pruebas de la tirada.

-Cláusula acerca de la protección de la obra en caso de que esta haya sido publicada por partes, lo que es muy común en la industria del comic.

EL CONTRATO DE MERCHANDISING.

            Conforme a la RAE merchandising significa:” Merc. Negocio por el que el titular de un signo o elemento de identificación que goza de notoriedad y atractivo para el público, consiente, mediante precio, su utilización por un tercero como reclamo de productos o servicios de naturaleza colateral que intenta colocar en el mercado”.

 El merchandising en la industria del comic  constituye un fenómeno económico de principios del siglo XX , y las principales editoriales de comic como Marvel y DC Comic en EEUU ,Kodansha y Shogakukan en Japón, o en España Norma Editorial y Planeta, por citar algunas, han utilizado el merchandising para promocionar sus personajes y franquicias, creando otros productos como juguetes y figuras de acción, ropa y accesorios de moda,articulos de papelería, artículos para el hogar, videojuegos  aplicaciones móviles,series de animación y películas:

-Juguetes y figuras de acción: Los personajes de cómic se pueden convertir en juguetes y figuras de acción coleccionables.

-Ropa y accesorios: Se pueden crear camisetas, gorras, mochilas,bolsos,llaveros y otros artículos de moda con diseños de personajes de cómic,.

-Artículos de papelería: Se pueden producir cuadernos, lápices, bolígrafos y otros artículos de papelería temáticos.

-Artículos para el hogar: Se pueden diseñar tazas,vasos, cojines, fundas de teléfono/tablet,posters, y otros productos para el hogar con imágenes de personajes de cómic.

-Videojuegos y aplicaciones móviles: Los personajes de cómic pueden ser utilizados en videojuegos y aplicaciones móviles para promocionar los cómics y generar interés en los lectores.

El contrato de merchandising.

Es un contrato mercantil atípico al cual se tiene que aplicar las normas sobre obligaciones y contratos, y toda la normativa que corresponda a marcas, propiedad intelectual,debiendo regirse por el principio de autonomía privada previsto en el articulo 1255 del Código Civil , y por la normativa prevista en el Codigo de Comercio .

Se puede definir como aquel contrato por el cual el titular de un derecho, en este caso el derecho de autor, en atención al  valor publicitario de  dicho derecho ,lo cede a un tercero para su empleo en la comercialización de productos o servicios y a cambio de una contraprestación.

En el caso que nos ocupa donde se va a comercializar una creación intelectual derivada del derecho de autor de un cómic nos encontraríamos ante lo se denomina el «character merchandising» o merchandising de personajes de ficción ,  qué implica la comercialización de una creación intelectual con la finalidad de promocionar otros productos utilizando por ejemplo los personajes creados en la obra del autor .

¿Qué obligaciones tiene la empresa que se dedica a la comercialización?.

Principalmente  :

-Fabricar y distribuir el producto con las características básicas que se hayan determinado en el contrato.

-Realizar estudios de mercado .

-Realizar estudios del producto.

-Realizar estudios sobre el transporte y distribución del producto .

-Realizar estudios sobre las soluciones referidas al almacenamiento y a la venta al por menor del producto.

-Comercializar el producto en un plazo determinado.

-Comercialización de  una cifra mínima de productos respetando las características técnicas y de calidad acordadas.

¿Qué obligaciones tiene el licenciatario?.

El pago al licenciante del precio acordado contractualmente.Dicho precio consistirá en una cantidad periódica (regalías o royalties)compuesta por una cantidad fija , y otra cantidad que esta en función de las ventas que consiga el licenciatario del producto durante la duración del contrato.